jueves, 28 de febrero de 2013

PUNTOS TRATADOS COMITE EMPRESA BLIMEA 26/02/13


      El pasado martes 26 de Febrero del 2013 tubo lugar reunion del Comité de Empresa de Blimea para desarrrollar los puntos a tratar en la proxima reunión con la Empresa.

      Todos los miembros del Comité hemos llegado al acuerdo de tratar los siguientes puntos o recordar nuevamente los puntos que tenemos pendientes de otras reuniones con la Empresa.


           1.       Helpdesk.

                  Con el nuevo convenio, ¿como se va a aplicar los festivos trabajados?
                  Revisión de categoría profesional. Especificacion de tareas por cada categoría.         

2.       Convenio.

                         Aplicación de porcentaje de ventas.
                         Aumento de jornada laboral,  exceso de jornada, calendario laboral.

            3.       Blimea

                 Evolución económica del centro de trabajo (facturación, cargabilidad)
                 Acciones formativas. (Inglés si queremos proyección internacional)
                 Despidos: acciones previas para evitar despidos
                 Paro técnico: alternativas.

miércoles, 27 de febrero de 2013

ESTRUCTURA SALARIAL 2013

El 19 de noviembre de 2012, tuvo lugar una nueva reunión del Comité Intercentros, para el Plan de Igualdad de la Empresa El Corte Inglés, S.A.

En la que aparece reflejada la nueva ESTRUCTURA SALARIAL

A partir de enero desaparece el complemento personal tal y como lo conocemos y pasa a denominarse “complemento 311212” manteniéndose la cantidad que cada uno tenga en él.
Y a partir de ese momento aparecen nuevos complementos:
Por cualificación personal
Por compensación de pérdida de la comisión por cambio de puesto
Por realización de funciones distintas a las que habitualmente desarrollemos
Por responsabilidad
Por cambio de residencia
Por desplazamiento temporal
Por itinerancia
Por modificación voluntaria del régimen de jornada
Sólo en las pagas mensuales, NO en las extras. Además NO SON CONSOLIDABLES


Para los mandos:
Por flexibilidad horaria
Por estructura de mandos
Por cambio de jornada planificada
A estos sí se les da en las 16 pagas.

Finalmente se inventan el complemento por desempeño, que se devenga en una paga anual y NO CONSOLIDABLE.

Adjunto enlace para la visualizacion del Acta de la Comision:

http://www.chtjugt.net/archivos/elementos/2012/54eci_acta_comision_seguimiento_p_igualdad_19112012.pdf

lunes, 25 de febrero de 2013

UGT REITERAMOS NO HA FIRMADO EL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES


Buenas tardes compañer@s!

Os remito el correo remitido por Santos Nogales,  Secretario de Acción Sindical Federal, para aclarar alguan duda que ha generado un panfleto de FETICO donde parece que dan a entender que UGT ha firmado el Convenio Colectivo de Grandes Almacenes.

UGT REITERAMOS NO HA FIRMADO EL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES


Estimados compañeros y compañeras, como imaginamos que os habrá llegado o os llegara un panfleto de los paraempresarios de Fetico donde de manera manipulada y con el único fin de falsear la realidad dicen que la UGT ha firmado el convenio de Grandes almacenes. Cuestión totalmente falsa y que no se corresponde ni con el contenido de su panfleto ni con nuestra posición.
Os mandamos este correo para evitar que los paraempresarios de fetico logren su objetivo que no es otro que la manipulación y la falsedad, para con ello eludir el tener que dar respuesta de sus actos y de lo que ellos firman y les permiten a las empresas de grandes almacenes.
En este sentido os remitiremos nuestra respuesta al mencionado panfleto, que pueda dejar claro, como siempre hemos hecho, las razones de nuestros actos, que invariablemente están dictadas por la decisión mayoritaria de los que se ven afectados por los convenios.
Sin más y confiando que, mientras llega nuestra respuesta, sepáis dar las explicaciones de por qué no firmamos grandes almacenes y las explicaciones de lo que firmamos están puestas en nuestra web al alcance de todo aquel que quiera leerlas.

Santos Nogales Aguilar
Secretaría de Acción Sindical

viernes, 8 de febrero de 2013

Jornada Laboral tras la firma del convenio colectivo

Comprobando que much@s de nosotr@s tenemos en nuestro contrato las 1770 horas anuales existen las siguientes alternativas respecto a la jornada:

1. Si tenemos jornada completa:
1.1. Aumentar en 28 las horas laborales, lo que en nuestro caso que tendríamos 38 de exceso de jornada resultaría en 10 horas de exceso de jornada. Para esto no tendrías que hacer ningún trámite. El Comité y la Empresa estamos mirando como gestionar el exceso de jornada y todavía no tenemos un acuerdo concreto.
1.2. Conservar la jornada de 1770 y reducir el sueldo proporcionalmente. Para ello habría que rellenar las hojas que están circulando por el centro para hacerlas llegar a la Empresa.

2. Si tenemos jornada reducida. En este caso las posibilidades serán las mismas pero la Empresa se pondrá en contacto con cada persona para comprobar su caso concreto dadas las peculiaridades de cada uno.

Nos comentan que os traslademos tranquilidad con el plazo que se establece de 15 días... todo el mundo está estudiando el convenio y lo que impacta y tampoco se será tan estrictos con el plazo exacto por ese motivo.

Os seguiremos informando.

Un saludo.

lunes, 4 de febrero de 2013

ORGANIZACION DE TU JORNADA LABORAL

LA EMPRESA CON EL VISTO BUENO DE FASGA Y FETICO, NOS HAN ORGANIZADO EL TIEMPO DE TRABAJO

¿Cómo me van a organizar mi jornada de trabajo?

Artº 27.2
La empresa va a disponer libremente del 10% de tus horas de trabajo anuales, de forma que una vez te entreguen tu calendario laboral, te lo podrán modificar a su libre albedrio con un preaviso de 7 días.
Artº 27.7
La distribución de la jornada, en tu calendario laboral, podrá efectuarse en cualquier día de la semana (de Lunes a Domingo).
Artº 27.8
El trabajo de lunes a domingo, será exigible a todos los trabajadores, tengan o no tengan firmada la cláusula de trabajo en festivos.
Para que sea así, la empresa deberá modificar sustancialmente las condiciones de trabajo por medio del artº 41 del E.T.
Y para asegurar que tal modificación prospere, indican que será causa justificativa “el reparto solidario del trabajo”.
¡¡¡SI NO HUBIERAN TANTOS DESPIDOS, EL TRABAJO QUEDARIA MAS REPARTIDO!!!
Artº 30
Los trabajadores tendremos derecho a un descanso semanal de día y medio ininterrumpido.
Pero el día completo de descanso, podrá disfrutarse cualquier día de la semana ( de Lunes a Domingo).
Disposición Derogatoria.
Quedan derogados todos los derechos individuales y colectivos reconocidos en el anterior convenio colectivo (cláusula de festivos, cobro de festivos, etc).
¿PERO NO ERAN LAS PROPUESTAS DE LA PATRONAL LAS FULMINADAS?
Disposición Transitoria 5ª
Establecen, que la empresa debe abrir un periodo de consultas con el Comité Intercentros (Fasga 7 – Fetico 4 – CCOO 1 – UGT 1), para aplicar la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, de todos los trabajadores, y relativas a:
·        Ajustar el actual Acuerdo de Horarios Laborales, y
·        Obligar, a quienes no tienen la obligación de trabajo en festivos, a trabajar domingos y festivos.
¡¡¡LO HAN DEJADO TODO ATADO Y BIEN ATADO!!!


viernes, 1 de febrero de 2013

RESPUESTA A FASGA Y FETICO

FASGA Y FETICO PATROCINADORES

OFICIALES DE LA SEMANA FANTÁSTICA

PARA EL CORTE INGLÉS

La firma del convenio “convenido” por parte de Fasga y Fetico, fulmina las expectativas de los trabajadores y trabajadoras y, puede hacernos perder algo más que la cuantía de una paga.

¡¡¡ESTO NO ES PROPAGANDA SINDICAL!!!

Aquí os dejamos por escrito, lo que ni Fasga, ni Fetico os van a contar.
TRABAJO EN FESTIVOS
Desaparece el complemento Artº 32.13 CC de nuestras nóminas de 15’50€ al mes y que al año representaban 186€, que a lo largo de los 4 años de vigencia del convenio va a suponer una merma de 744€, LO QUE REPRESENTA 0’83 PAGA.
La obligación de trabajo en festivos pasa a ser del 55% de los aperturables, lo que significa que de 64 festivos al año, debes trabajar 35 festivos; y que antes hubieran supuesto:
6 primeros festivos por 186€
6 siguientes festivos a 36€ supondrían 216€
23 festivos restantes a 40€ supondrían 920€
Esto suma la cantidad de 1.322€, lo que suponen 1’5 pagas al año, y en los cuatro años REPRESENTAN 6 PAGAS.
TABLAS SALARIALES
Durante los 4 años, CONGELACIÓN SALARIAL, y pérdida de poder adquisitivo por inexistencia de la cláusula de revisión por diferencia de I.P.C.
Por tanto, en el supuesto caso de que el IPC de los próximos 4 años fuera del 1’5%, la pérdida seria del 6%, LO QUE RFEPRESENTARÁ 1 PAGA.
Además, en los centros de trabajo con pérdidas acumuladas, se podrá establecer una BAJADA SALARIAL del 5%, para los años 2015 y 2016, lo que suma un 10% del SBG y que REPRESENTA 1’6 PAGAS.
JORNADA ANUAL
Se incrementa la jornada anual en 28 horas más de trabajo por trabajador y año, lo que supone un incremento del 1’60% de la jornada.
Esto va a suponer un incremento comprendido entre 4 y 7 días más de trabajo al año, y que por efecto de la congelación salarial, supondrá un 0’25 de paga, que en los cuatro años de convenio REPRESENTAN 1 PAGA.
COMPLEMENTO DE NIVEL
Antes, si te reconocían el complemento de nivel, te subían el salario un 3% del SBG y se consolidaba.
Ahora, si te reconocen el complemento, van a compensarlo y absorberlo de tu complemento personal.
Así pues, al cabo de la vigencia del convenio, en 4 años al 3%, te abran absorbido el 12% del SBG que REPRESNTAN 1’92 PAGAS.
GRUPO DE INICIO
Antes, después del primer año de trabajo pasabas automáticamente a profesional, lo que suponía una subida de tu salario del 3%.
Ahora, debes pasar 5 años en el grupo de inicio, y a los 5 años te evaluarán, y si no superas la prueba estarás otros 3 años más en el grupo de inicio, lo que supone que durante 7 años extras en el grupo de inicio al 3% de subida salarial no conseguida, tendrás una merma económica acumulada del 21%, que REPRESENTAN 3’3 PAGAS.
¿SUMAMOS LO QUE PERDEMOS?
3’3 + 1’92 + 1’00 + 1’00 + 1’60 + 6’00 = 14’82 PAGAS en cuatro años o 3’70 pagas al año.

¿CREES TODAVÍA QUE FETICO FULMINO LAS
PROPUESTAS PATRONALES?
¿CREES TODAVIA QUE FASGA HA FIRMADO UN
CONVENIO CON TODAS LAS PAGAS?

TEXTO ORIGINAL DEL CONVENIO FIRMADO POR FASGA Y FETICO


Por si quereis el texto que han firmado los amarillos con la patronal os remito el enlace para poder acceder al mismo.



FETICO Y FASGA FIRMAN EL CONVENIO DE GRANDES ALMACENES

LA ANGED VUELVE A SALIR GANADORA


Madrid, 01 de febrero de 2013

Nuevamente la patronal de grandes almacenes (ANGED) vuelve a salir triunfante de un proceso de negociación que ha sido una nueva mascarada en la que le han acompañado los paraempresarios de Fetico y Fasga.
Así en la madrugada del día 31 se consumaba un nuevo acto de ataque a las condiciones de los trabajadores y trabajadoras de grandes almacenes, con un convenio que supone en la practica la regulación de un descuelgue generalizado de los derechos y condiciones que hoy tienen los trabajadores.
Y así en un repaso sobre las cuestiones mas novedosas de esta nueva cadena de  despropósitos  podríamos resumirlas en una rebaja superior al 10% y una puesta a disposición de las empresas las 24 horas los 365 días del año.

- Se aumenta la jornada anual 28 horas al año, con la consecuencia directa de rebajar del valor hora y salen perjudicados los que en peor condiciones están, los tiempos parciales.

- Se establece una distribución de la jornada trimestral, que se puede modificar ante cualquier imprevisto.

- Se generaliza el trabajo en domingos y festivos y se elimina el pago que se venia realizando por los mismos, sustituyéndolo por una compensación ridícula a las personas que hubieran percibido más de 350 el año anterior con una cantidad indemnizatoria como máximo de 500 anuales que serían un complemento personal.

- En materia salarial, los salarios se congelan desde el 2012 hasta el 2016, salvo que pueda ser de aplicación el mecanismo novedoso previsto para rebajar el salario si el centro de trabajo mantiene una situación de perdida de ventas.

- Se va a permitir que se congele el salario o se rebaje en un 5%, en los centros de trabajo que desciendan las ventas, en una misma empresa puede haber centros de trabajo que ganen más que otros.

- Se fija un nuevo modelo de determinación de posibles incrementos que estarían ligados a los resultados de las ventas en comparación con las ventas del año 2010. De tal manera que si se superan estas podría cobrarse una paga por un valor del 1% del salario base si se superan en cinco puntos el índice de ventas del año 2010.

- Se rebaja el porcentaje de domingos a trabajar al 55% de los autorizados con un mínimo de 9, siempre y cuando todos los trabajadores y trabajadoras que su contrato sea de lunes a sábado pasen a trabajar todos los domingos. Veremos como en las comunidades autónomas que tiene limitado los domingos de apertura tendrán que trabajar casi todos de forma gratuita.

- El grupo inicio se amplia primero a cinco años con una revisión a tres años, es decir, que se podría estar ocho años en ese grupo.

- El salario de los contratos formativos se va al salario mínimo interprofesional, habrá personas que se contraten con esta modalidad que van a cobrar 450 aprox. por cuarenta horas de trabajo, los minijobs han llegado.

Ante este cúmulo de despropósitos que ha estado dirigidos a satisfacer las desmedidas pretensiones de la patronal, desde la UGT hemos manifestado nuestra oposición y nuestro mas enérgico rechazo a condenar a los miles de trabajadores y trabajadoras que conforman el sector a situaciones de mayor precariedad en sus condiciones y derechos.

Desgraciadamente nuevamente los paraempresarios de Fetico y Fasga han vuelto a responder complacientes a los deseos patronales haciendo oídos sordos a las necesidades y reivindicaciones de los trabajadores.